derecho a paro autonomos

¿Como solicitar el derecho a paro de los autónomos?

Como autónomo, así mismo cuentas con la posibilidad de cobrar el paro, lo que oficialmente se conoce como prestación por cese de actividad. Conoce ahora los requisitos, de qué manera pedirlo y de qué manera calcularlo.

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¿Tienen derecho a paro autónomos?

Rigurosamente hablando, los autónomos no están en su derecho a una prestación por desempleo, puesto que este es un término que solo se aplica a los trabajadores por cuenta ajena cuando han perdido su trabajo.
Técnicamente,  es preciso aclarar que resulta conveniente hablar de cese de actividad en vez de paro del autónomo, si bien este último término sea más popular.


La filosofía es exactamente la misma (una especie de prestación social al perder el uso o bien tener que cesar la actividad), mas los requisitos que se aplican son otros para el derecho a paro autonomos.


Requisitos para el paro del autónomo


Hay una serie de requisitos que como autónomo debes cumplir para poder acceder a la prestación por cese de actividad.
– Estar afiliado y dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.


– Cubrir el periodo mínimo de doce meses de cotización como autónomo en término de cese de actividad.


– Has de estar al día del pago de la cuota de autónomo.


– No puedes haber perdido tu licencia a ejercer por una infracción penal si deseas percibir el paro.


Cumpliendo estos requisitos estas capacitado para pedir la prestación por cese de actividad como autónomo.


Pero ojo, que puedas pedirlo no implica decir que lo vayas a percibir. Debes probar que el cese de la actividad ha sido por motivos involuntarios y vas a deber justificarlo.

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De qué forma pedir el paro del autónomo

Una vez cumplidos los requisitos, el autónomo debe pedir la prestación por cese de actividad en uno de los próximos organismos:
– En la mutua cooperadora con la Seguridad Social con la que el autónomo tiene cubierto la contingencia por cese de actividad.


– En el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) caso de que la contengencia de cese de actividad esté cubierta por el Instituo Nacional de la Seguridad Social (INSS).


– En el Instituto Social de la Marina, si la cobertura por cese de actividad se ha concertado con este.


Calcular el paro de los autónomos


La prestación por cese de actividad se corresponde con el setenta por ciento de la base reguladora, que es la media de las bases de cotización por las que has estado cotizando en los 12 meses precedentes al cese de la actividad.
En dos mil veintiuno, la base de cotización mínima era de novecientos cuarenta y cuatro con cuarenta euros y la máxima era de 4.070,10 €. Por poner un ejemplo, si has cotizado por la mínima en los últimos 12 meses, vas a recibir seiscientos sesenta y uno con ocho €.


Duración del paro del autónomo


La prestación por cese de actividad en el autónomo asimismo depende del periodo que hayas cotizado.
El mínimo son doce meses de forma continuada mas si lo has hecho por más tiempo el número de meses en los que vas a percibir la prestación va a ser mayor.


Hay unos factores establecidos por el periodo de cotización. 


– De doce a diecisiete meses cotizados, la duración de la prestación va a ser de cuatro meses.

– De dieciocho a veintitres meses cotizados, la prestación va a ser de seis meses.

– De veinticuatro a veintinueve meses, ocho meses

– De treinta a treinta y cinco meses, diez meses

– De treinta y seis a cuarenta y dos meses, doce meses

– De cuarenta y tres a cuarenta y siete meses, dieciseis meses

– Con cuarenta y ocho meses, veinticuatro meses

 

 

El derecho a paro autónomos, no es una cosa de hace muchos años. Realmente no es un derecho a paro, sino una prestación por los años cotizados como trabajador por cuenta propia.

 

 

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Derecho a paro para autónomos societarios


Los autónomos societarios asimismo están en su derecho a la prestación por cese de actividad.
Para acceder a dicha prestación deben cumplir exactamente los mismos requisitos que cualquier otro autónomo.
El subsidio de desempleo para autónomos y otras ayudas al desempleo para autónomos
¿Qué sucede si la Seguridad Social te rechaza la prestación? ¿Se puede pedir el subsidio por desempleo? ¿Quizá hay un subsidio de desempleo para autónomos?


Tristemente, no. La Seguridad Social no contempla un subsidio para autónomos que no tienen acceso a la prestación por cese de actividad. Tampoco contempla otras ayudas al desempleo para autónomos.
Sin embargo, la recomendación más razonable es apuntarse como desempleado en la oficina de empleo y también informarse de su situación de cara a posibles ayudas.


Existe, por poner un ejemplo, la Renta Activa de Inserción para desempleados mayores de cuarenta y cinco años que no tienen acceso a una prestación o bien subsidio de desempleo.

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¿Tienen derecho a paro los autónomos en  dos mil veintiuno?

Noticias de última hora: se ha aprobado la prórroga del cese de actividad (paro autónomos) hasta el próximo treinta de septiembre de dos mil veintiuno. La diferencia radica en que van a tener unos ingresos mensuales del cincuenta por ciento en vez del setenta por ciento. 

 

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Requisitos para tener derecho a paro:


– Estar dado de alta en el reta: El primero de los requisitos semeja muy obvio mas hay que estar dado de alta en el RETA (régimen singular de los autónomos).


– Estar al tanto de todos y cada uno de los pagos de la seguridad social: Si deseas percibir el cese por actividad no puedes tener pagos pendientes con la seguridad social.


– Haber cotizado los últimos 12 meses por el cese de actividad ya antes de la solicitud. Hoy en día está en el 0,7 por ciento de la base de cotización que hayamos escogido.


– Justificación del motivo del cierre para tener derecho a percibir el paro de los autónomos.


– Cuando vayamos a efectuar la petición debemos señalar que estamos solicitando el cese de actividad. Además de esto debemos efectuar la petición en la MUTUA ya antes del último día del mes siguiente en el que se gestionó la baja en el RETA.


– Debemos probar uno de los próximos requisitos:


Que los gastos superan en un diez por ciento a los ingresos.


Otra de las opciones es tener ejecuciones judiciales por un monto superior al treinta por ciento de tus ingresos en el último sin contar el primero en que te has dado de alta como autónomo.


Declaración judicial de concurso que impida proseguir con la actividad.


Causas de fuerza mayor, pérdida de licencia administrativa, víctima de violencia machista.

 

https://apfgestoria.com/tienen-derecho-a-paro-los-autonomos/